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Plantean prohibir matrimonios de menores en Puebla y el país

En nuestro estado, de acuerdo con el Censo 2010 del INEGI, se realizaron 3 casamientos entre menores de 15 años

Plantean prohibir matrimonios de menores en Puebla y el país

El Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (GPPRI) en el Senado de la República llamó a las entidades del país que aún permiten los matrimonios entre menores de edad a prohibirlos por considerar que limitan el desarrollo personal, profesional y de educación de los contrayentes, además de que, en caso de ser forzados, son una violación a sus derechos humanos.

De acuerdo con el documento presentado por el senador oaxaqueño Eviel Pérez Magaña, el estado de Puebla es una de las 20 entidades del país en el que aún se permiten los matrimonios entre menores de 18 años.

Y efectivamente, de acuerdo con el Código Civil para el estado Libre y Soberano de Puebla, la edad permitida para casarse es de 16 años y, de acuerdo con el documento “Estadísticas de Matrimonios y Divorcios 2010”, que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) realizó con base en el Censo de ese año, tres matrimonios entre menores de 15 años y 2 entre parejas de entre 15 y 19 años se realizaron en nuestro estado en ese periodo.

El Código Civil para el estado Libre y Soberano de Puebla establece, en su Artículo 300, que los menores de edad con 16 años cumplidos sí pueden contraer matrimonio, pero también concede, en el siguiente Artículo 301, que hay excepciones para permitir que esto ocurra.

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“Artículo 300: No pueden contraer matrimonio el hombre y la mujer, antes de cumplir 16 años de edad”.

“Artículo 301 En casos excepcionales y por causas graves y justificadas, podrá concederse dispensa de edad, para que puedan contraer matrimonio los pretendientes que no tengan la edad que fija el artículo anterior”.

En un tema colateral y en un dato curioso que llama mucho la atención, cabe señalar que el Código Civil de Puebla estipula en el apartado XI del Artículo 229, que la “la locura” –así a secas y sin mayor explicación y detalle de las enfermedades mentales– es un impedimento para contraer matrimonio.

Sano desarrollo

En el texto presentado en la sesión plenaria de este jueves del Senado de la República por Eviel Pérez Magaña –por cierto el ex candidato perdedor del PRI a la gubernatura de ese estado–, describe que la edad de 18 años como requisito para contraer matrimonio “garantiza y permite el sano desarrollo de los individuos”, hombres y mujeres.

Asimismo, descalifica los matrimonios a los que fuerzan, en muchas partes del mundo y del país, a los menores de edad.

“El matrimonio a temprana edad, prematuro o infantil, es una práctica que se da en todo el mundo, siendo las personas menores de edad víctimas de matrimonios forzados y concertados por los propios padres o tutores, práctica que es perjudicial para el menor.

“Los matrimonios forzados y a temprana edad constituyen claramente una violación a los derechos humanos, independientemente de si el menor involucrado es una niña o un niño; entre las consecuencias más visibles y negativas se encuentra la separación de su núcleo familiar, limitaciones para realizarse con personas de la misma edad y una reducción significativa frente a las oportunidades de recibir educación, disminuyendo sus posibilidades de desarrollar plenamente todas sus capacidades y potencial”, enumera.

El documento publicado en la Gaceta del Senado, describe que en Coahuila, Colima, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tlaxcala y Oaxaca ya han reformado sus ordenamientos en la materia, para establecer como edad mínima los 18 años, para casarse, aunque en algunos casos permanece la dispensa en ciertas circunstancias.

A esta lista, hay que agregar al estado de Veracruz, pues el pasado 5 de febrero se publicó en la Gaceta Oficial del Gobierno el decreto que establece que no se permitirá el matrimonio entre menores de edad.

Así, de acuerdo con el punto de acuerdo del GPPRI, son 12 las entidades que ya han legislado en este caso; Puebla se mantiene entre las otras 20 entidades que permiten el matrimonio entre menores de edad.

El punto de acuerdo establece como solicitud única que, “con plena observación al pacto federal”, el Senado de la República exhorta a las entidades federativas que aún permiten contraer matrimonio a menores de edad a que reformen su legislación en materia familiar, estableciendo como requisito, que los pretendientes tengan dieciocho años de edad cumplidos”.

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