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Por actos anticipados el TEPJF ordena nueva sanción a Rincón

La Sala Superior revocó la sentencia en la que sólo se amonestó públicamente al candidato panista por Tepeaca

Por actos anticipados el TEPJF ordena nueva sanción a Rincón

Mario Rincón González, candidato a diputado federal del PAN por el distrito 7 de Tepeaca, sí realizó actos anticipados de precampaña y de campaña, según lo determinó este miércoles la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Por ello revocó la amonestación pública que le impuso la Sala Regional Especializada y ordenó que se formule una nueva sanción contra el panista en función del nuevo fallo.

En sesión pública, los magistrados abordaron los procedimientos especiales sancionadores SUP-REP-262/2015 y SUP-REP-300/2015, promovidos por el priísta Raymundo Atanacio Luna y el panista Rincón González.

Atanacio Luna consideró insuficiente la amonestación pública que la Sala Regional Especializada impuso al candidato panista, al calificar como “leve” la promoción que realizó a través de la revista Nueva Era y la edición “De Bolsillo” del periódico Síntesis.

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En tanto, Rincón González interpuso el medio de defensa para dejar sin efecto la amonestación pública que se le emitió.

Al entrar al estudio de los casos, los magistrados de la Sala Superior señalaron que la Sala Regional Especializada incurrió en una falta de exhaustividad al considerar como “leve” la promoción que Rincón González hizo desde octubre de 2014 y que continúo hasta marzo de este año.

“Se advierte que en la propaganda denunciada se observa la imagen del ahora candidato a Diputado Federal, su nombre, la frase: “Transformando el campo y la ciudad”. Y que dicha propaganda coincide con los colores del Partido Acción Nacional. Por lo tanto, se tienen por acreditados los elementos personal, temporal y subjetivo para la actualización de los actos anticipados de precampaña y campaña, porque Mario Alberto Rincón González fue precandidato único y actualmente es candidato a diputado federal por el Distrito 7 en Puebla por el Partido Acción Nacional”.

Además, señalaron que de la propaganda denunciada es posible advertir “una clara intención de posicionar la imagen y nombre de esa persona, además de que la conducta ocurrió antes del inicio de la precampaña hasta la intercampaña en el proceso electoral federal actual”, expresa el proyecto de sentencia.

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En ese sentido, los magistrados de la Sala Superior consideraron que sí se acredita que el panista incurrió en actos anticipados de precampaña y de campaña.

De estas anomalías se consideran como responsables a Epifania Tejeda Juárez, quien es responsable de la revista Nueva Era, así como a la Asociación Periodística Síntesis, por la promoción de la imagen del exfuncionario estatal.

Debido a ello los integrantes de la Sala Superior ordenaron a la Sala Regional Especializada a reindividualizar una sanción para los medios de comunicación y el panista.