Te puede interesar:
Propone RMV cambios a la Ley de Catastro y Registro Público
Política
La bancada del tricolor validó elevar a rango constitucional las candidaturas comunes
Foto Agencia Enfoque
Sin la oposición del PRI a la inclusión de las candidaturas comunes, el Congreso del Estado aprobó con 35 votos a favor la reforma político-electoral, con lo cual se pondrá en la Constitución la figura de gobierno de coalición.
Además, se establecerá el inicio del año electoral en noviembre; el periodo de precampaña será de 10 días y la duración de la campaña para la elección de gobernador será de 60 días y de 30 días para los comicios de presidentes municipales y alcaldes.
Aunque el miércoles Silvia Tanús Osorio, coordinadora del PRI, anunció que se reservaría en lo particular la votación de las candidaturas comunes, la posición de la bancada cambió y validó que éstas se eleven al rango constitucional.
Con la aprobación de la reforma político-electoral se modifican los artículos 3, 4, 35, 37, 57, 61, 79 y 102 constitucionales.
Te puede interesar:
Propone RMV cambios a la Ley de Catastro y Registro Público
Los cambios a los numerales referidos forman parte de la armonización que el Congreso estaba obligado a hacer en materia electoral, luego de que entre 2013 y 2014 el Congreso de la Unión aprobó la reforma político-electoral que impulsó el gobierno de Enrique Peña Nieto.
Candidaturas comunes y gobierno de coalición a rango constitucional
Pese a que durante el análisis de la iniciativa, el PRI se opuso a que se incluyera la figura del gobierno de coalición y a que se mantuvieran las candidaturas comunes, durante la votación que se llevó en el pleno, la bancada del tricolor avaló su inclusión en la Constitución local.
El Partido Revolucionario Institucional se negaba a respaldar las candidaturas comunes debido a que las consideraba inequitativas, luego de que en el 2013 la coalición Puebla Unida (PAN, PRD, Compromiso por Puebla y Nueva Alianza) recurrió a registrar candidatos comunes con los partidos Pacto Social de Integración (PSI) y Movimiento Ciudadano (MC).
Te puede interesar:
PRI cede en reforma electoral y sólo objeta candidatos comunes
La opción de las candidaturas comunes se validó en julio de 2011 por la LVIII Legislatura, a propuesta del gobernador Rafael Moreno Valle, y se utilizó por primera vez en los comicios de 2013.
En cuanto al gobierno de coalición, este concepto faculta al Congreso del Estado a aprobar a petición del gobernador el contar con una administración de alianza política con diferentes partidos y desde ahí impulsar acciones de gobierno.
Reelección de diputados y alcaldes
La reforma político-electoral permitirá la reelección de los diputados hasta por 12 años –su periodo original más otros tres-, mientras que para los alcaldes sólo será por un periodo más al que originalmente fueron electos.
Respecto de los periodos de precampañas y campaña, el primero será de 10 días, mientras que a los contendientes a la gubernatura se les permitirá hacer actos de proselitismo por 60 días, y a quienes busquen la diputación local y las alcaldías harán campaña durante 30 días.
Magistrados y consejeros electorales tendrán el mismo sueldo
Del salario de los próximos integrantes del Organismo Público Local Electoral (OPLE), el cual se propuso que no fuera menor al de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), los diputados determinaron hacer una modificación a la iniciativa al precisar que el sueldo de los consejeros y también magistrados electorales será igual al de los miembros del Poder Judicial.
Partidos de reciente creación no podrán coaligarse
Aunque Socorro Quezada Tiempo, diputada del PRD, mostró su negativa para que en la constitución se estableciera el candado para que los partidos políticos de reciente creación con registro nacional y estatal se coaligaran, la propuesta se mantuvo y no se permitirá a los nuevos institutos políticos formar alianza en su primera participación local.
Los puntos relevantes de la reforma son:
* Inicio del proceso electoral en noviembre previo al año de la elección.
* Precampaña con 10 días de duración.
* Campañas de 60 días en elección para gobernador.
* Campañas de 30 días para diputados y presidentes municipales.
* Reelección de los diputados hasta por 4 periodos de 3 años cada uno.
* Reelección de alcaldes sólo será por un periodo adicional.
* El salario de los consejeros y magistrados electorales será igual al de sus pares del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
* Partidos de reciente creación con registro nacional y estatal sí podrán coaligarse en su primera participación en un proceso comicial local.
* El PRI reservó la discusión de las candidaturas comunes.
* Partidos que no alcancen el 3% de la votación total perderán su registro.
* Candidatos independientes tendrán acceso a financiamiento público y a espacios oficiales en radio y televisión.
* Ningún partido puede tener más de 26 legisladores en el Congreso local.
* El gobernador en cualquier momento puede optar por un gobierno de coalición con uno o varios partidos políticos representados en el Congreso.
* Se deja fuera el voto para los ciudadanos en el extranjero.