Política
Decisiones de la SCJN sólo benefician a partidos, dice el MAS
Es desventaja el 3 por ciento de firmas solicitadas, destacan
El fallo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio sobre la reforma electoral no representa ningún triunfo para los poblanos ni para quienes aspiran a ser candidatos independientes en la elección de 2016, aseveró Marco Antonio Mazatle Rojas, integrante de la organización Movimiento de Alternativa Social (MAS).
A casi una semana de que el máximo tribunal declaró inconstitucional siete artículos del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla (Coipeep), el representante de dicha organización social manifestó que se mantienen los privilegios para los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD).
Junto a Ricardo Jiménez Ávila, el líder del MAS expresó que la sentencia que los ministros aprobaron a las acciones de inconstitucionalidad que interpusieron el PRI, Morena y Movimiento Ciudadano (MC), permitió que los gobernadores y los Congresos locales frenen la participación ciudadana.
Señalaron que ese aspecto se concreta porque dejaron intacto que el porcentaje de apoyo ciudadano que se exigirá a los aspirantes independientes sea del 3 por ciento, bajo el argumento de que el Congreso de la Unión dejó esa libertad a los congresos locales para regular tal figura de participación electoral.
“No es cierto que haya sido un triunfo para los poblanos, no es cierto, así como lo vienen manifestando algunos personajes, no hubo un avance, el avance hubiera sido que la Suprema Corte de Justicia nos hubiera dado el 1 por ciento a los candidatos independientes; nos pide el 3 por ciento, eso hay que dejarlo bien claro, lo único que beneficia es a los partidos políticos como el PRI, como al PAN, como al PRD, lo que representan son intereses cupulares”.
El martes pasado, el pleno de la SCJN declaró inconstitucionales siete apartados del Coipeep, entre ellos los candados impuestos a los candidatos independientes como la comparecencia de los ciudadanos que manifestarían su apoyo, que el plazo para recabar el respaldo ciudadano sea de 20 días, así como que el porcentaje del 3 por ciento se tome con base sea en el listado nominal y no en el padrón electoral.