Ciudad
Organización presenta plan para regularizar el servicio de grúas
La organización Corresponsabilidad en el Transporte S. C. presentó al ayuntamiento de Puebla un decálogo para normar los servicios de arrastre, salvamento y depósito de vehículos
La organización Corresponsabilidad en el Transporte S. C.
presentó al ayuntamiento de Puebla un decálogo para regular la actividad de las grúas en la
capital y lograr un adecuado ordenamiento y prestación de los servicios
de arrastre, salvamento y depósito de vehículos.
La propuesta fue entregada a las comisiones de Seguridad Pública así como a
la de Movilidad, encabezadas por los regidores Guadalupe Arrubarena y Adán
Dominguez, informó la organización.
En el decálogo se proponen los siguientes puntos :
1. Las grúas deben contar con concesión estatal y/o permiso federal y
placas correspondientes, para poder prestar el servicio de Arrastre y
Salvamento.
2. El costo de los servicios deberá ser establecido por la Tesorería
Municipal.
3. La empresa que prestó el servicio de arrastre deberá entregar recibo y/o
factura, donde se establezca el costo.
4. Establecer la obligatoriedad de elaborar una Memoria Descriptiva, la que
contendrá todos los detalles del servicio prestado por la empresa de grúas,
desde su llegada hasta el destino final de la unidad remolcada. Este
documento deberá ir firmado por el conductor y/o responsable de la unidad
remolcada, y por el oficial de turno que estuvo presente en el lugar de los
hechos.
5. Las empresas deberán contar con cuatro tipos de grúas de acuerdo a la
clasificación establecida en la NOM 053.
6. La antigüedad máxima de los modelos, tanto de los vehículos como de los
equipos, debe ser de 5 años.
7. Las grúas (vehículo y equipos) deberán contar con un seguro que
contemple dos aspectos: la responsabilidad civil y los daños que pudieran
provocar los vehículos remolcados.
8. Para que se permita la circulación de un vehículo tipo grúa fabricado o
importado para su comercialización en México que se destinen al servicio de
arrastre y/o arrastre y salvamento de vehículos, el fabricante o importador
debe contar con una constancia por la cual da cumplimiento a los
requerimientos de seguridad federales, y donde se indiquen especificaciones
del vehículo como: marca, año/modelo y número de serie, y que la unidad
cumple con las especificaciones técnicas y métodos de prueba.
9. Los equipos de Arrastre y Salvamento sean de última generación:
plataformas para vehículos ligeros y Underllift para equipos pesados,
conforme normatividad de la SCT federal, para garantizar que su fabricación
se realizó en talleres especializados y autorizados por la propia SCT,
evitando con ello la adaptación de equipos “hechizos” que no cumplen con
los estándares de seguridad.
10. Establecer un mecanismo de inconformidad ante presuntos excesos en el
cobro por arrastre, salvamento y depósito de vehículos. En este sentido, se
propone –además- que este procedimiento contemple el depósito de una fianza
o garantía (ante la autoridad competente) por parte del quejoso para que le
sea devuelta la unidad depositada, en tanto se resuelve la queja por parte
de la autoridad competente, en consideración a que de otra manera, se deja
en estado de indefensión al usuario quejoso, pues en el caso de los
vehículos de carga y pasaje, al ser un medio de trabajo e ingresos, el
mantenerlos detenidos en tanto se resuelve una inconformidad, resulta más
onerosa que el mismo cobro de la multa impugnado.
En lo que refiere a corralón, Corresponsabilidad en el Transporte S.C,
consideró necesario los siguientes requisitos para un correcto
funcionamiento: Contar con concesión estatal y/o permiso federal para
prestar el servicio de Depósito de Vehículos; el costo de los servicios de
Arrastre y Salvamento de Vehículos deberá ser establecido por la Tesorería
Municipal; tener acta constitutiva de la empresa interesada y Registro
Federal de Contribuyentes. Finalmente tener permiso o uso de suelo expedido
por la autoridad municipal correspondiente