Viernes, 22 De Mayo De 2026 | Puebla

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PRI pide 12 años de cárcel por difundir fotos de delitos en Puebla

Las penas aplicarían a cualquier ciudadano; funcionarios además serían destituidos e inhabilitados

PRI pide 12 años de cárcel por difundir fotos de delitos en Puebla

El PRI en el Congreso de Puebla propuso imponer hasta 12 años de cárcel y multas de 130 mil 320 pesos a los ciudadanos que graben, filtren, difundan o publiquen en redes sociales fotos, videos, audios o documentos de cadáveres o víctimas de delitos.

Con una reforma al Código Penal del estado se busca que, si el delito es cometido por un funcionario, además de las penas mencionadas también sea destituido e inhabilitado para ejercer otro cargo público.

Esto con miras a evitar que se repitan casos como el de Ingrid Escamilla, joven de origen poblano asesinada por su pareja sentimental el mes pasado en la Ciudad de México, y de quien se difundieron hasta en medios de comunicación imágenes de su cuerpo desollado.

La iniciativa consiste en agregar el artículo 421 bis al código, en el cual se establezca que las penas mínimas sean de tres a ocho años de prisión y multa de 43 mil 440 pesos a 86 mil 880.

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El texto que se propone es: “comete el delito de filtración de imágenes, audios, videos, archivos y/o información que incite la revictimización al que indebidamente de forma impresa o por medio de las nuevas Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones (TICS), capture, difunda, entregue, revele, publique, transmite, exponga, remita, distribuya, video grabe, audio grabe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados a quien no tenga derecho con el procedimiento penal o productos relacionados con un hecho que este Código señala como delito, se le impondrá prisión de tres a ocho años y multa de quinientos a mil días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de la comisión del delito”.

Elevan penas según el material divulgado

El mismo artículo advierte que, si en el material difundido se distinguen cadáveres o partes de ellos, las penas mencionadas aumentarían una tercera parte, es decir, que habría de 3 años y cuatro meses, a 10 años y 6 meses de cárcel, así como multas de 57 mil 920 pesos a 115 mil 840.

“Tratándose de imágenes, audios, videos, archivos y/o información de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, las penas previstas en este artículo se incrementarán hasta en una mitad”, sentencia el texto.

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Esto significa que el castigo iría de 4 años y medio a 12 años de cárcel, mientras que la multa sería de 65 mil 160 pesos a 130 mil 320, cuando el material involucre a una mujer.

Las mismas penas se aplicarían “si el delito es cometido por persona al servicio público del Estado, de la Procuración y Administración de Justicia, o integrante de alguna Institución Policial”, aunque el material difundido no sea de una víctima mujer.

Además de dichas penas, se impondría destitución e inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo, o comisión públicos, por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

Esta iniciativa fue presentada por la diputada priista Rocío García Olmedo y se turnó a la Comisión de Procuración y Administración de justicia para su discusión y análisis.

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