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Política
El presidente del Legislativo local señala que las sentencias de la Suprema Corte no les da vergüenza
Foto / Agencia Enfoque
Aunque en menos de una semana la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó requisitos de la Ley del Notariado y la Ley de Búsqueda de Personas, el presidente del Congreso local, Sergio Salomón Céspedes Peregrina, minimizó los reveses y dijo que esto no les da vergüenza.
El líder de la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo) afirmó que el Congreso no ha recibido la sentencia de la Corte, pero una vez que llegue darán cuenta al pleno para definir lo que harán al respecto.
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En rueda de prensa minimizó el hecho de que el máximo tribunal constitucional del país haya invalidado el requisito de ser ciudadano mexicano por nacimiento para competir por una notaría en Puebla, así como la suspensión del cargo por ser vinculado a proceso por delito doloso grave.
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Sostuvo que la anterior y esta legislatura han buscado generar condiciones que sirvan a los poblanos, pero dijo que esto no significa que el Congreso sea infalible, por lo que si los ministros tienen otro criterio lo acatarán.
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“No son reveses, no es algo que nos avergüence o algo que nos haga sentir mal, al contrario, siempre buscamos ir perfeccionando. Respeto a lo que pueda decir la Corte y habrá criterios encontrados”, puntualizó.
El también coordinador de la bancada de Morena adelantó que acatarán lo ordenado por la Suprema Corte, después de que el 3 de octubre declaró la invalidez de la fracción I del artículo 55, y de la fracción I del artículo 201, de la Ley del Notariado para el estado de Puebla, reformados mediante decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado el 5 de marzo de 2021.
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Sobre la suspensión de la función notarial por estar bajo vinculación a proceso por delito doloso grave, la Corte determinó que esto vulnera el principio de presunción de inocencia, pues permite la separación del cargo cuando ello solo supone la probabilidad de que pudieran haber cometido o participado en un delito, más no que sean responsables de su realización.
Previamente, el 27 de septiembre invalidó un requisito establecido en la Ley de Búsqueda de Personas, que consiste en no haber sido inhabilitado como servidor público para ser titular de la Comisión de Búsqueda de Personas.