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Juez ordena a Layda Sansores no difundir más audios de “Alito” Moreno

“Alito” Moreno se quejó los audios que exhibió Layda Sansores en el programa “El Martes del Jaguar”

Juez ordena a Layda Sansores no difundir más audios de “Alito” Moreno

Foto / Especial

Un juez determinó que la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, ya no deberá difundir audios privados en contra del líder nacional del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas, mejor conocido como “Alito”, luego de ser evidenciado en el programa “Los Martes del Jaguar” por la funcionaria.

A casi un año de que Moreno Cárdenas fue exhibido con comunicaciones telefónicas privadas en su contra, ganó el juicio en contra de Layda Sansores, por lo que un juez le ordenó a la funcionaria que elimine de sus redes sociales y de internet todos los audios, videos y declaraciones que se transmitieron en su programa.

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Esto luego de que el priista se quejó de la intervención de comunicaciones, manipulación, alteración, edición, publicación y difusión de sus audios en el programa “El Martes del Jaguar”, en diversas redes sociales sin autorización judicial.

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Fue así como el amparo que recibió Moreno Cárdenas se lo otorgó el titular del Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa, Gabriel Regis López, quien además avaló los agravios de la gobernadora Layda Sansores, quien con la difusión de audios y las manifestaciones contra Moreno Cárdenas violó el artículo 16 constitucional.

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A la vez, señaló que la gobernadora del estado de Campeche presentó información de Alejandro Moreno Cárdenas en la que le atribuye audios, hace juicios de valor de su persona y su militancia, cuando estas actividades no le corresponden a la funcionaria.

Bajo este señalamiento, el juzgador señaló que con lo que difundió la gobernadora de Campeche, así como lo que interpretó de las conversaciones cometió diversos delitos, en tanto que “suplantó las facultades del Ministerio Público y de las autoridades judiciales en materia penal”.

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Esto a pesar de que el Estado tenga el deber de informar a ciudadanía, el juzgador argumentó que se debe proteger y garantizar el derecho al honor o el derecho a la privacidad de la información de las personas en cuestión.

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