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Del estudio del caso, a cargo de la magistrada Idamis Pastor Betancourt, se declaró como infundado el agravio y se confirmó el acuerdo del IEE
Foto / Agencia Enfoque
El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) desechó la denuncia del abogado Atilio Alberto Peralta Merino, con la que cuestionó la elegibilidad de Sergio Salomón Céspedes Peregrina como gobernador interino de Puebla.
En sesión ordinaria, el pleno resolvió el juicio para la protección de los derechos políticos-electorales TEEP-JDC-046/2023, promovido por el litigante para controvertir la respuesta del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEE).
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El IEE contestó a su consulta y alegó la falta de atribuciones para juzgar el hecho, pues quienes eran responsables para determinar si hubo alguna irregularidad durante la designación era el Congreso de Puebla.
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Del estudio del caso, a cargo de la magistrada Idamis Pastor Betancourt, se declaró como infundado el agravio y se confirmó el acuerdo del IEE.
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El 3 de mayo, Atilio Alberto Peralta Merino presentó una consulta ante el Consejo General del IEE para comprobar que el proceso que se efectuó desde el Legislativo no se trató de una designación, pues se desconocía el principio de elegibilidad que se tomó en ese momento.
Con la respuesta, de acuerdo con el denunciante, se definiría si los diputados respetaron la ley, ya que no tiene efectos de destitución del gobernador Céspedes Peregrina.
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En la misma sesión, los magistrados determinaron que el exalcalde de San Salvador Huixcolotla, Antonio Pérez Vivanco, cometió violencia política al obstaculizar el trabajo de una extrabajadora del ayuntamiento, quien protegió su nombre para la resolución.
En el estudio del caso, se determinó que la regidora sufrió violencia instruccional, pues el expresidente municipal le prohibió asistir al Cabildo por no justificar sus insistencias con comprobantes médicos, incluso sufrió un atentado armando.
Por lo anterior, Pérez Vivanco también fue denunciado por violencia política de género, aunque este delito no procedió, ya que de acuerdo con la magistrada Idamis Pastor Betancourt, estos hechos no ocurrieron "por el hecho de ser mujer".
Por mayoría de votos, el TEEP acreditó que el exalcalde de Huixcolotla cometió violencia política en contra de la extrabajadora del Cabildo; sin embargo, la magistrada Norma Angélica Sandoval Sánchez lamentó que la sentencia no contempla sanciones por dichas conductas, razón por la que votó en contra.