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En caso de daño o destrucción de la imagen, los responsables podrían hacerse acreedores a multas o incluso ir a prisión hasta por 10 años
Foto / Facebook: Santa Isabel Atenayuca Puebla
La fiesta patronal en la comunidad de Atenayuca, perteneciente al municipio poblano de Juan N. Méndez, se efectuará el día domingo 5 de noviembre de 2023, bajo la supervisión del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) que condicionó que la imagen religiosa sea llevada en la procesión mediante severas medidas de precaución; de incumplir, habría sanciones.
En el oficio número 401.35.14-2023/3025, emitido y firmado por el titular de Centro Puebla del INAH, Manuel Villaruel Vázquez, se establecen una serie de recomendaciones qué deberán cumplir durante la celebración religiosa que se realizará en honor a Santa Isabel, en la junta auxiliar de Atenayuca.

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Bajo el título de “licencia de traslado y exhibición de imagen competencia del INAH”, Villaruel recomendó al presbítero Bartolo González Secundino, quien en su momento presentó la solicitud para que la imagen esté presente en los festejos, que no deberá estar expuesta bajo los rayos solares.
Indicó también evitar la colocación de veladoras o velas con el fin de prevenir incendios, mientras que el traslado y exhibición tienen como fecha de inicio el viernes 3, para concluir el lunes 6 de noviembre.
Para la manipulación de la imagen, los involucrados deberán usar guantes de algodón con el fin de sostenerla; no deberán cargarla en brazos o cabeza para evitar daños a la imagen, además de sostenerla en zonas firmes o sólidas.
Finalmente, el camino o calle donde será llevada en procesión deberá estar libre de obstáculos y estorbos para evitar accidentes.
En el año 2005, la imagen fue sometida a un esquema de repintado con material de aceite para proteger a su decoración original.
El INAH recomendó que sobre la base se coloque una alfombra para que no se deteriore el acabado decorativo, mientras que el propio Instituto asignó a la restauradora Begoña Aranzazu Muerza Avendaño la tarea de supervisar el cumplimiento de las recomendaciones con las medidas asentadas en una minuta.
En caso de que exista daño o destrucción a la imagen, el causante puede ser acreedor a una multa equivalente al valor del perjuicio, o bien ir a prisión por uno o hasta diez años, en caso de que la obra histórica sufra daños severos o destrucción, sanciones basadas en el artículo 56 de la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicas. (EG).