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Ya no se podrá usar el concepto de usos y costumbres para obligar a menores a casarse
Foto / Flickr: Secretaría de Cultura de la Ciudad de México
Los legisladores de la Cámara de Senadores aprobaron la prohibición constitucional del matrimonio infantil en zonas, comunidades y pueblos indígenas; ya no será posible justificar el acto bajo el concepto de “usos y costumbres”.
Con votación unánime de 75 a favor, la Cámara alta aceptó reformar el artículo 2 de la Constitución Mexicana que pone los derechos y libertades de infantes por encima de cualquier tipo de autodeterminación; la modificación se enfoca en proteger a niñas y mujeres indígenas que por costumbre son obligadas a contraer matrimonio.
En el dictamen de la decisión los senadores apuntaron que, si bien es vital respetar los usos y costumbres de los pueblos originarios de la nación, es prioritario asegurar que dichos hábitos sociales no atenten contra el bienestar de los sectores vulnerables de las localidades, en este caso las infancias y mujeres.
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Se lee en el documento que “se pretende contribuir a una protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes que pertenecen a las comunidades indígenas del país, considerando de suma relevancia el respeto a su interés superior, sin perjuicio del derecho a la autodeterminación de los pueblos originarios”.
Antes de votar sobre la propuesta de reforma, la senadora morenista Lilia Margarita Valdez Martínez sostuvo que esperaba que ni un grupo parlamentario se opusiera a la modificación de ley por cuestiones “politiqueras”, cuestión que al final no sucedió.
Josefina Vázquez Mota, legisladora de la bancada del Partido Acción Nacional, aseguró que México está entre los ocho países con mayor tasa de matrimonios infantiles obligados y que las menores que se oponen son víctimas de violencia física y hasta cárcel; Geovanna Bañuelos, del Partido del Trabajo, mencionó que en Guerrero se tiene registro de al menos 300 mil mujeres menores de edad vendidas para contraer matrimonio. (MIG)
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