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Ayuntamiento de Puebla multó a 905 negocios por mal manejo de basura

Las multas llegan hasta los mil 500 UMAs para los negocios que no cuenten con el contrato para la prestación del servicio de recolección con el concesionario autorizado; las multas se han aplicado desde 2021

Ayuntamiento de Puebla multó a 905 negocios por mal manejo de basura

Foto: Gran Angular Agencia

De octubre de 2021 a marzo de 2024, el ayuntamiento de Puebla ha multado a 905 negocios que no realizaron el trámite para cumplir con el manejo adecuado de la basura que generan, informó Carlos Morales Oviedo, director de Normatividad e Inspección en Residuos Sólidos Urbanos.

Durante la comisión ordinaria de la Agenda 2030, el funcionario municipal rindió un informe sobre la recolección, limpia y disposición final de la basura en la ciudad de Puebla.

En su intervención, Morales Oviedo explicó que se han ejecutado más de 900 sanciones por violaciones al Código Reglamentario Municipal a particulares, concesionarios y comercios debido a que carecían de los contratos para el manejo de los residuos sólidos urbanos, un trámite que están obligados a cumplir en el municipio.

Dijo que los negocios están obligados a celebrar un contrato de recolección, con una empresa privada o también pueden hacer el trámite con el ayuntamiento y tengan el servicio de recolección.

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¿Cuáles son las multas?

De acuerdo con el Coremun, se aplica una multa de 10 a 100 unidades de medida y actualización (UMAs), es decir, de mil 85.7 a 10 mil 857 pesos, a quienes sean sorprendidos o se les detecte depositando residuos sólidos urbanos en lugares distintos a los sitios de disposición final autorizados por el Organismo.

Esta medida también aplica a quienes quemen basura en montoneras, barrancas y terrenos baldíos, así como a quien traslade residuos sólidos urbanos basura sin la autorización escrita del organismo.

Mientras que se aplica una multa de 50 a mil 500 UMAs, que equivale a los 5 mil 428.5 a los 162 mil 855 pesos a los comercios, industrias, prestadores de servicios, empresas de diversiones y/o de espectáculos públicos, hospitales y clínicas que no cuenten con el contrato con el concesionario autorizado, para la prestación del servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos municipales generados por sus actividades. (JC)

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