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Nación
Impide amparos y controversias contra modificaciones a la Constitución
Diario Oficial de la Federación (DOF), edición vespertina
Foto: Red de Mujeres Sindicalistas
Se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto de la reforma de supremacía constitucional que blinda las modificaciones a la Constitución, tras aprobarse en más de 17 Congresos locales.
A partir de hoy los juicios de amparo, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad contra reformas a la Carta Magna son improcedentes.
Ahora el artículo 105 de la Constitución, en su quinto párrafo, establece que "Son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución".
En el artículo 107 se precisó que el amparo solo protegerá a quienes lo soliciten, sin efectos generales, y no aplicará contra reformas constitucionales.
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La declaratoria de constitucionalidad sobre la supremacía constitucional se llevó a cabo por el Congreso de la Unión, tras obtener la aprobación de la mayoría necesaria de 17 congresos locales.
Según el DOF, la reforma entrará en vigor el 1 de noviembre de 2024, y contará con retroactividad, es decir, afectará los casos nuevos y los que están proceso de impugnar las reformas constitucionales. (JRLM)