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Nación
En los Centros de Asistencia Social a cargo del Estado se dieron casos desde 2009
menor sujetada del brazo
Foto: e-consulta
En México se contabilizaron al menos 704 casos de tráfico de menores entre enero de 2015 y marzo de 2025, contabilizados en los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP); en lo que va del año se reportaron 64 casos.
Al respecto numerosas investigaciones de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) señalaron que desde 2009 han existido casos de trata de menores y adopción ilegal en los Centros de Asistencia Social (CAS).
Los CAS, antes llamados Casas Hogar, son centros de cuidado infantil alternativos a cargo del Estado que brindan albergue, alimentación, educación y atención social, psicológica y médica a niñas, niños y adolescentes, indicó el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF).
Carmen Gabriela Ruiz Serrano, profesora de la Escuela Nacional de Trabajo Social, realizó un mapeo de estos centros y detectó las siguientes condiciones en 2021.
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Los datos oficiales del último informe del Sistema Nacional de Información en Materia de Asistencia Social (SNIMAS) del SNDIF indicaron que en el último trimestre de 2024 México contabilizó siete mil 848 niñas, niños y adolescentes en los CAS.
Las investigaciones de la UNAM mostraron que el número de menores viviendo en los CAS es incierto ya que no hay un registro ni supervisión certeras a instituciones del Desarrollo Integral de la Familia (DIF), lo que aumenta la posibilidad de abuso y negligencia infantil.
Respecto a esta información la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) —coalición de 77 organizaciones de la sociedad civil mexicana— denunció que era necesario tener cifras exactas de la población de menores institucionalizados bajo resguardo del Estado.
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El Código Penal Federal de México reconoce al tráfico de menores como el traslado o entrega de una niña, niño o adolescente menor a 17 años sin autorización judicial derivado de un debido proceso y con el fin de obtener un beneficio económico.
Desde hace 35 años Ricardo Alberto Escobar Ibarra de la Facultad de Derecho de la UNAM documentó que en México existió una red de personas pertenecientes a la abogacía y/o a la religión que manejaban el tráfico de menores hacia países extranjeros como Estados Unidos.
Anunció que una de las condiciones principales en las que se presenta este delito es por la pobreza extrema de familias a quienes se les obliga, coacciona o persuade a regalar o vender a sus hijos a personas extranjeras; el objetivo se logra ‘legalmente’ mediante el sistema de adopción.
Se registraron al menos 704 casos de tráfico de menores entre enero de 2015 y marzo de 2025 de los cuales el 50 por ciento de las víctimas fueron hombres y el 50 por ciento mujeres, indicaron los reportes sobre la incidencia del fuero común en México del SESNSP.
Pese a que no hay un desglose oficial de la incidencia de tráfico de menores por parte del REDIM, el organismo indicó que en el corte de 2024 hubo una disminución importante del delito en el sexenio de Enrique Peña Nieto al de Andrés Manuel López Obrador (AMLO): de 423 (2015-2018) a 51 (2018 y 2024).
Datos de la red con corte al pasado 22 de abril de 2025 revelaron que los estados de México con la tasa de mayor incidencia de tráfico de menores son los siguientes.
Aunque la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional considera al tráfico de menores como una forma de trata de personas, las leyes federales mexicanas lo clasifican en sectores diferentes.
Un informe diagnóstico de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Secretaría de Gobernación (SEGOB) señalaron que en 2014 alrededor de 70 mil infantes mexicanos fueron víctimas de trata.
Reportes más recientes del SESNSP apuntaron que en el primer trimestre de 2025 se comprobaron dos mil 866 casos de personas víctimas de este mismo delito en México; 16 menos que en el mismo periodo de 2024. Las mujeres son la mayoría de las víctimas.
En la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) de México el término de trata infantil incluye delitos como la adopción ilegal; tráfico de menores; tráfico de órganos, tejidos y células; experimentación biomédica ilícita en seres humanos; matrimonio forzoso o servil.
De acuerdo con el artículo 30 Bis 20 de la LGDNNA está prohibida la adopción para fines de venta, sustracción, retención u ocultación ilícita, trabajo infantil o cualquier ilícito. Además, especifica que no se influenciará o favorecerá la decisión de otorgar al menor en adopción con compensaciones o pagos. (JRLM)