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Seguridad
Durant dicho lapso se tuve reporte de 390 mujeres desaparecidas en el estado de Puebla
Persona viendo mural con fotos de personas desaparecidas
Foto: Gran Angular
Durante los primeros cuatro meses de 2025 en Puebla se reportó la desaparición de dos mujeres extranjeras, una colombiana y otra venezolana. Una de ellas aún se encuentra desaparecida, mientras que la otra fue encontrada con vida.
De acuerdo con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) de la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB), las mujeres fueron reportadas como desaparecidas en los municipios de Puebla y de San Andrés Cholula, en los meses de enero y abril.
El rango de edad de las mujeres fue entre 15 y 19 años para una y la segunda de entre los 20 y 24 años. Hasta la fecha indicada había 390 mujeres desaparecidas y un total de 802 personas no localizadas en el estado.
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A nivel nacional, entre enero y mayo de este año, se registró la desaparición de 223 personas extranjeras. De estas, 136 siguen sin ser localizadas, mientras que 87 ya fueron encontradas, sin embargo, una fue localizada sin vida.
En cuanto al género de las víctimas, 76 de las personas desaparecidas eran mujeres y 146 hombres y entre las nacionalidades más afectadas se encuentran estadounidenses, colombianos, venezolanos, guatemaltecos y cubanos.
Los estados con mayor número de desapariciones de personas extranjeras fueron Ciudad de México, con 36 casos; Quintana Roo, con 28; el Estado de México, con 24; Baja California, con 20; y Nuevo León, con 19.
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Siendo el mes de marzo el más crítico, registrando 57 desapariciones, seguido de enero con 56, abril con 45, febrero con 42 y mayo con 23.
En términos legales, una desaparición ocurre cuando una persona es privada de la libertad en cualquier forma.
Existen dos tipos reconocidos: la desaparición forzada, que se caracteriza por la negación de las autoridades a reconocer dicha privación de la libertad y por la ocultación de información sobre el paradero de la persona, y la desaparición por particulares, que puede incluir el secuestro o la detención ilegal por individuos ajenos al Estado.
En ambos casos, una característica central es la negación de la privación de libertad y la ocultación del paradero de la víctima.
Es recomendable anotar el número de carpeta de investigación que se le asigna al caso, así como el nombre del agente del Ministerio Público que lo atiende. Se debe solicitar de inmediato la ejecución de acciones de búsqueda en coordinación con la policía y la Comisión de Búsqueda, así como la consulta de bases de datos y análisis de contexto.
Además, la persona denunciante tiene derecho a solicitar una copia gratuita del expediente. En caso de que se intente cobrar por una copia certificada, se puede exigir una copia simple o electrónica, lo que permite llevar un seguimiento detallado del proceso y verificar que la documentación se mantenga íntegra. (MCJ)