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Este miércoles se vota Ley Casco, aunque después revise SMT

Elpidio Díaz, presidente de la Comisión de Movilidad, admitió que SMT está por definir cuál distintivo se colocará en el casco

Este miércoles se vota Ley Casco, aunque después revise SMT

Dos personas a bordo de motocicleta

Foto: Gran Angular

Los diputados de la Comisión de Movilidad y Trasporte aprobaron las reformas para la Ley de Movilidad, donde se establece que los motociclistas deberán portar casco con un distintivo que los identifique, mientras que los repartidores que utilicen este vehículo para trabajar serán obligados a usar chaleco con reflejante.

No obstante, el presidente de la Comisión de Movilidad y Transporte, Elpidio Díaz Escobar, reconoció que la reforma que será aprobada a la Ley de Movilidad este miércoles 18 de junio seguirá en análisis con la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT) y la Secretaría de Planeación y Finanzas, para definir cuál distintivo se colocará en el casco de los motociclistas.

El jurídico del Congreso del estado, Jesús Juárez, mencionó que se hicieron modificaciones para permitirle al gobierno un mayor control de los motociclistas, ya que al momento no se tiene un padrón total de cuántos existen en la entidad.

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Otra de las modificaciones que planteadas en la norma es que usuarios de bicicletas eléctricas o monopatines que excedan los 25 kilómetros por hora no podrán circular por vías de alta velocidad a menos que exista un espacio confinado.

El escrito no especificó si los lugares en que deberán circular serán ciclovías. La norma quedó de la siguiente manera.

“Bicicletas eléctricas, monopatines eléctricos y otros dispositivos de tracción asistida que superen los 25 kilómetros por hora, no podrán circular por vías primarias, de acceso controlado o de alta velocidad, salvo en los casos en que exista infraestructura segura”.

Los diputados de esta comisión revelaron que con esta reforma se le prohibirá a la SMT entregar permisos provisionales a motocicletas nuevas.

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Asimismo, detallaron que con el objetivo de mejorar la circulación de estos vehículos y su control se determinaron nuevas normas que deberán aplicar los usuarios nueve meses después de que entre en vigor, las cuales son las siguientes:

  • Prohibir circulación con placas alteradas u ocultas total o parcialmente
  • Especificar en la tarjeta de circulación la capacidad de usuarios, atendiendo el diseño de fábrica y lo establecido en la normatividad aplicable
  • Para el uso del casco se tome en cuenta la talla de la persona portadora, que el protector cuente con un distintivo con código o serie alfanumérica que identifique a la persona, este deberá ser generado con un material que no dañe el casco
  • Uso de chaleco o chaqueta con al menos el 20 por ciento de material reflejante, obligatorio en cualquier horario para las motocicletas utilizadas para el servicio de mensajería y paquetería
  • Todas las motocicletas deberán circular en todo momento con las luces encendidas
  • No podrán tripular las motocicletas menores de 12 años
  • Se prohíbe transportar en motocicleta personas que no puedan sostenerse por sí mismas
  • Sólo podrá tripular la motocicleta la persona conductora y, en su caso, el número de acompañantes determinados en la tarjeta de circulación
  • Se prohíbe la alteración de motocicletas para la ampliación de asientos
  • Para el caso de motocicletas destinadas al servicio de mensajería y paquetería en activo, sólo podrá circular la persona conductora
  • Las motocicletas que presten servicio de mensajería y paquetería deberán adaptar el dispositivo de reparto de manera que no obstruya la visibilidad de la placa ni de los espejos laterales durante la conducción
  • Estarán impedidos para realizar maniobras peligrosas, cortes y cambios de circulación abruptos
  • No podrán portar el casco de seguridad cuando desciendan de la motocicleta
  • Deberán circular en medio del carril y no podrán circular dos o más motocicletas en el mismo carril
  • Reportar de manera inmediata el extravío o robo del distintivo del casco otorgado por la autoridad, a través de los mecanismos o sistemas que para el efecto se pongan a su disposición

Secretaría de Movilidad aún no define el distintivo

El Congreso de Puebla aprobará las nuevas normas que obligarán a motociclistas a usar casco con un distintivo que los identifique, pero la Secretaría de Movilidad y Transporte aún no define las características que deberá tener la insignia que porten los conductores.

Así lo informó el diputado presidente de la Comisión de Movilidad y Transporte, Elpidio Díaz Escobar, quien reveló que la dependencia aún no cuenta con el distintivo que se pedirá portar a los motociclistas.

Esto a pesar de que este miércoles 18 de junio los 41 diputados analizarán y discutirán las reformas a la Ley de Movilidad para hacer públicas las normas que deberán cumplirse. (CR/MCJ)

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