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¿Adultos mayores con INAPAM reciben aguinaldo?; ve cómo conseguirlo

Con el programa Vinculación Productiva los adultos pueden acceder a prestaciones laborales completas

¿Adultos mayores con INAPAM reciben aguinaldo?; ve cómo conseguirlo

Foto: CANVA

Los adultos mayores que ya cuentan con su credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) pueden acceder al pago de aguinaldo y otras prestaciones de ley.

Estos beneficios pueden adquirirlos si se integran al programa Vinculación Productiva, una iniciativa que busca ofrecer empleos dignos y formales para quienes tienen 60 años o más. Esta alternativa permite que, más allá de los apoyos sociales, los adultos mayores ejerzan plenamente sus derechos laborales.

¿Cómo fuciona programa de Vinculación Productiva?

Contrario a lo que muchos creen, la tarjeta INAPAM por sí sola no otorga el derecho automático al aguinaldo. Sin embargo, al ser contratados formalmente mediante el programa Vinculación Productiva, los adultos mayores adquieren obligaciones y beneficios como cualquier otro trabajador.

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De acuerdo con lo que dicta la Ley Federal del Trabajo (LFT), incluyendo el aguinaldo correspondiente a mínimo 15 días de salario anual.

El programa Vinculación Productiva tiene como objetivo reinsertar a personas mayores en el entorno productivo mediante empleos adecuados a su experiencia, capacidad física y conocimientos.

Para ello, se realiza un proceso de registro que incluye una entrevista con promotores del INAPAM y la selección de una vacante formal, que puede ser de medio tiempo, por jornada o por proyecto. Una vez contratados, los beneficiarios acceden a vacaciones pagadas, prima vacacional, participación en utilidades, prima dominical, licencias especiales, y compensaciones por despido, entre otras prestaciones.

Para integrarse al programa, los interesados deben cumplir con requisitos básicos como tener 60 años cumplidos, presentar la credencial INAPAM vigente, una identificación oficial como INE, pasaporte o licencia de conducir, y llenar una solicitud de inclusión social. Posteriormente, se realiza una entrevista donde se exploran habilidades e intereses, y se gestiona el contacto con empresas que cuenten con plazas disponibles para personas mayores.

El aguinaldo, de acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, debe entregarse antes del 20 de diciembre. En el caso de quienes no hayan laborado el año completo, se entrega de forma proporcional. Este beneficio, muchas veces desconocido por los adultos mayores, representa un ingreso adicional importante al cierre de cada año.

Además, quienes reciben pensión contributiva del IMSS o ISSSTE también tienen derecho a aguinaldo, aun cuando estén inscritos en la pensión del Bienestar o cuenten con tarjeta INAPAM. En estos casos, el aguinaldo se paga con base en la normativa de cada institución. (JH)

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