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La resolución establece que la penalización viola la autonomía reproductiva, el acceso a la salud y la igualdad ante la ley
Integrantes de colectivos
Foto: X @mujercelta
El Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito concedió por unanimidad un amparo que declara inconstitucionales los artículos 148, 149 y 150 del Código Penal de Durango, los cuales penalizan la interrupción voluntaria del embarazo.
Este dictamen, promovido por colectivos feministas, obliga al Congreso del Estado a derogar dichas disposiciones, marcando un avance en la lucha por los derechos reproductivos en México.
La resolución, respaldada por organizaciones como Sí hay Mujeres en Durango, Redefine Durango y el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), establece que los artículos mencionados violan derechos constitucionales fundamentales, como la autonomía reproductiva, el acceso a la salud y la igualdad ante la ley.
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Según el fallo, el artículo 148 criminaliza el aborto autoprocurado o consentido, lo que suprime los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar. El artículo 149 impone sanciones al personal médico, cirujanos, enfermeras o parteras que participen en abortos voluntarios o forzados.
El artículo 150 exige requisitos como la autorización del Ministerio Público y la opinión de un segundo médico para realizar abortos por causas médicas, obstaculizando un acceso efectivo y rápido a este servicio de salud.
El movimiento para despenalizar el aborto en Durango comenzó en 2007, liderado por Sí hay Mujeres en Durango. Posteriormente, apoyó Redefine Durango y GIRE.
Julieta Hernández Camargo, presidenta de Sí hay Mujeres en Durango, destacó que el Congreso local tiene la obligación de acatar el mandato judicial y derogar los artículos señalados.
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En caso de incumplimiento, los legisladores podrían enfrentar multas, juicios políticos o incluso investigaciones penales por desacato, según lo informado en una rueda de prensa por activistas.
Con este fallo, Durango se convierte en el estado número 25 en México en despenalizar el aborto, y el décimo en el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación interviene directamente para reformar el marco legal local.
En el 2025, cuatro entidades mexicanas despenalizaron el aborto en el país: Campeche (febrero de 2025) Yucatán (abril de 2025), Tabasco (mayo de 2025) y ahora Durango, en total suman 25 en toda la república, exceptuando a los estados de Querétaro, Morelos, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala y Guanajuato.
En cuanto a este último estado, el 11 de junio durante una conferencia de prensa realizada en el Senado de la República, la senadora morenista Martha Lucía Micher Camarena, acompañada por legisladoras y representantes de organizaciones civiles, denunció el retroceso en el Congreso del Estado de Guanajuato, donde fue rechazada la propuesta para despenalizar la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas.
La senadora Micher explicó que, tras un empate en la votación, con 18 votos a favor y 18 en contra, se tuvo que repetir el procedimiento.
Sin embargo, en una segunda votación, una diputada del Partido Verde cambió el sentido de su voto, lo que resultó en un resultado final de 19 contra 17, rechazando así todas las modificaciones al Código Penal, la Ley de Salud y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
“Lo que no suena lógico suena metálico”, expresó Micher, aludiendo al sorpresivo cambio de voto y subrayó que más de 500 mujeres guanajuatenses han tenido que viajar a la Ciudad de México para ejercer su derecho a interrumpir legalmente un embarazo, lo que constituye un agravio y una discriminación por origen geográfico”.
“La autonomía que esgrimieron para votar en contra del dictamen tanto el PAN, el Verde y el PRI es argumentable. Esa autonomía no puede criminalizar mujeres, esa autonomía no puede prohibir los derechos sexuales y reproductivos”, enfatizó la senadora. (PSR)