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Sociedad
La ley busca proteger a víctimas de accidentes, reducir impunidad y garantizar reparación a peatones y conductores
Conoce cuál es la sanción por no contar con seguro de terceros en Puebla
Foto: Archivo e-consulta
Todo vehículo que circule en Puebla debe contar con seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, según el artículo 153 de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, validado por la SCJN el 6 de octubre de 2025.
No demostrar la póliza vigente genera multas de 20 a 40 UMAs, equivalentes a 2,262 pesos a 4,524 pesos, y puede implicar retención de placas o licencia.
La sanción se aplica directamente por agentes de tránsito o autoridades viales, incluso sin que ocurra un accidente.
Si se presenta un siniestro, el conductor sin seguro enfrenta demandas civiles adicionales que incrementan los costos. La ley exige registrar la póliza en la base estatal y no portar el seguro constituye infracción inmediata.
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A nivel federal, la obligatoriedad del seguro de terceros existe desde 2014 en carreteras federales, con coberturas mínimas de 100,000 pesos por lesiones o fallecimiento, y daños materiales desde 2019.
La legislación poblana complementa estas disposiciones en vías estatales y municipales. Antes de 2023, Puebla no imponía sanción específica, pero ahora se alinea con entidades como CDMX.
El seguro básico en Puebla oscila entre 600 y 3,500 pesos al año según vehículo y aseguradora, un monto menor a la multa.
La CONDUSEF recomienda verificar que la póliza cubra al menos los montos mínimos y registrarla en el sistema estatal. En caso de multa, los conductores pueden impugnarla ante la autoridad competente en un plazo de 15 días hábiles.
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El objetivo de la ley es proteger a víctimas de accidentes, reducir la impunidad y garantizar reparación de daños a peatones, ciclistas y otros conductores.
La medida busca generar mayor seguridad vial y concienciar sobre la responsabilidad al conducir. (LV)