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SAT recuerda las deducciones personales válidas en la declaración anual

Señaló que es necesario revisar las facturas y verificar que cumplan con los requisitos fiscales

SAT recuerda las deducciones personales válidas en la declaración anual

Foto: Cortesía

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que, en cada ejercicio fiscal, los contribuyentes tienen la posibilidad de realizar deducciones personales, mismas que pueden incluirse en la declaración anual.

Para ello es necesario revisar cuidadosamente las facturas de los gastos que se desean deducir y verificar que cumplan con todos los requisitos fiscales para que este beneficio sea válido y pueda reflejarse correctamente en la declaración anual.

Para que un gasto sea deducible, es necesario:

  • Contar con la factura electrónica correspondiente a cada servicio o producto
  • Revisar que el RFC del contribuyente esté anotado correctamente
  • Verificar que el tipo de servicio anotado en el comprobante sea por el servicio adquirido
  • Haber efectuado el pago mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito, o cheque nominativo, a nombre de la persona que realizará la deducción

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Los gastos personales que pueden deducir las personas físicas son:

  • Gastos médicos y hospitalarios
  • Gastos funerarios
  • Donativos
  • Primas de gastos médicos mayores
  • Colegiaturas y transporte escolar
  • Créditos hipotecarios
  • Depósitos en cuentas especiales para el ahorro y aportaciones complementarias y voluntarias para el retiro

Es necesario precisar que el monto total de las deducciones personales no debe exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales del ejercicio a declarar o 15 por ciento del total de los ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.

Las personas que tributan o hayan tributado en el Régimen Simplificado de Confianza no pueden aplicar deducciones personales.

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El SAT recomendó solicitar las facturas de manera mensual y mantener las deducciones organizadas durante todo el año. Asimismo, puso a disposición el Portal del SAT https://www.sat.gob.mx/portal/public/home para obtener mayor información. (DFD)

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