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Por Tren Maya, gobierno expropia 44 mil metros cuadrados en 4 estados

Las zonas que serán expropiadas se encuentran en los estados de Chiapas, Campeche, Yucatán y Quintana Roo

Por Tren Maya, gobierno expropia 44 mil metros cuadrados en 4 estados

Agente de la Guardia Nacional viendo mapa de recorrido del Tren Maya

Foto: Cortesía X @GinoSeguraV

El gobierno federal publicó un decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para la expropiación por causa de utilidad pública una superficie total de 44 mil 447.31 metros cuadrados, correspondientes a 26 inmuebles de propiedad privada.

Estos terrenos se destinan a la ejecución de obras en los tramos 1, 3, 5, 6 y 7 del proyecto Tren Maya, distribuidos en cuatro entidades del sureste mexicano: Chiapas, Campeche, Yucatán y Quintana Roo.

La expropiación, que entró en vigor el 17 de diciembre de 2025, permite la ocupación inmediata por parte de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu).

Incluye no solo los predios, sino también las construcciones e instalaciones existentes en ellos. Los municipios afectados son:

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Palenque (Chiapas)

Candelaria y Calakmul (Campeche)

Mérida e Izamal (Yucatán)

Solidaridad (que incluye Playa del Carmen), Othón P. Blanco y Bacalar (Quintana Roo)

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La expropiación se sustenta en la declaratoria de utilidad pública, alineada con el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, que prioriza el fortalecimiento de la infraestructura ferroviaria para mejorar la conectividad, la movilidad regional y el desarrollo económico en el sureste, especialmente en zonas con vocación turística y logística como Quintana Roo.

¿Quién pagará las indemnizaciones?

La empresa Tren Maya S.A. de C.V., será responsable de cubrir las indemnizaciones con su presupuesto autorizado, basadas en avalúos del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

El decreto del DOF no especifica montos de compensación, pero los propietarios afectados tienen un plazo de 10 días hábiles tras la notificación para impugnar judicialmente sólo el monto de la indemnización, sin que esto suspenda la ocupación.

Además, si los terrenos no se destinan al propósito declarado dentro de cinco años, los afectados podrán reclamar la reversión de los bienes en un plazo adicional de dos años. (MCJ)

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