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Puebla, tercer lugar nacional en delitos electorales durante 2025

Las carpetas abiertas en Puebla por delitos electorales representan un incremento superior al 90 por ciento en comparación con 2024

Puebla, tercer lugar nacional en delitos electorales durante 2025

Casilla electoral con la leyenda El Voto y persona al fondo

Foto: Gran Angular

Durante todo 2025 el estado de Puebla se colocó como el tercer lugar nacional con más carpetas de investigación por delitos electorales, al registrar 111 denuncias, una cifra que mostró un aumento frente al año anterior.

El comportamiento de estos ilícitos no fue uniforme, agosto se convirtió en el mes crítico, concentrando por sí solo la gran mayoría de los casos iniciados en todo el año.

De acuerdo con datos de la Fiscalía General del Estado (FGE), las carpetas abiertas en Puebla representan un incremento aproximado del 91 por ciento en comparación con 2024, cuando se contabilizaron 58 investigaciones por este tipo de delitos.

Agosto, mes con mayor presión electoral

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El análisis mensual muestra un comportamiento atípico, pues agosto acumuló 80 denuncias, lo que equivale a alrededor del 72 por ciento del total anual, es decir, casi 7 de cada 10 carpetas iniciadas en Puebla durante 2025.

Así se distribuyeron las carpetas de investigación por mes en 2025:

  • Enero: 10
  • Febrero: 1
  • Marzo: 4
  • Abril: 0
  • Mayo: 2
  • Junio: 4
  • Julio: 1
  • Agosto: 80
  • Septiembre: 2
  • Octubre: 4
  • Noviembre: 0
  • Diciembre: 3

Fuera de agosto, el resto del año mostró cifras considerablemente menores, con varios meses sin denuncias o con registros mínimos.

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Puebla, sólo detrás de Oaxaca y la Ciudad de México

En el contexto nacional, Puebla se ubicó sólo por debajo de Oaxaca y la Ciudad de México en número de carpetas iniciadas.

Oaxaca encabezó la lista con 167 denuncias, seguido por la capital del país con 140, mientras que Puebla superó a entidades como Hidalgo, que tuvo 102, y Veracruz, con 81, consolidándose como uno de los focos rojos en materia de delitos electorales.

¿Qué se considera un delito electoral?

Los delitos electorales comprenden acciones u omisiones que ponen en riesgo el correcto desarrollo de la función electoral y vulneran principios básicos del voto, como su carácter libre, secreto, directo y personal.

Estas conductas buscan alterar resultados o condicionar la voluntad ciudadana, ya sea mediante presión, beneficios indebidos o el uso ilegal de recursos públicos.

Entre las prácticas más comunes se encuentran la compra o coacción del voto, el uso de programas sociales con fines electorales, la intervención de servidores públicos en favor de candidaturas, así como irregularidades durante la jornada electoral, como la manipulación de boletas o documentos oficiales.

A diferencia de lo que suele pensarse, no solo los candidatos pueden cometer delitos electorales, pues cualquier ciudadano, funcionario público, integrante de partidos políticos o incluso servidores electorales puede incurrir en estas conductas. (MCJ)

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