Cartas a Gracia
Más artículos del autor
Les movieron el tapete Gracia. Mientras que la CNTE enfocaba sus baterías en contra de un modelo de educación híbrida con el que se trabajaría en el siguiente ciclo escolar, Esteban Moctezuma Barragán anunciaba un acuerdo entre el ejecutivo federal y 4 televisoras que “impartirían clases por televisión”; pacto que haría que las y los docentes de escuelas públicas adquiriesen un carácter de prescindibles. El titular del despacho educativo profetizaba una nueva era para la televisión comercial que, de paso, permitiría especular que el “aprendizaje logrado” en la primera etapa del programa Aprende en Casa, no habría resultado tan fructífero como las autoridades lo presumieran en su momento.
Sin embargo, el papel asignado a los medios de comunicación por la actual administración se encuentra plasmado en los artículos 139 y 140 del Capítulo V del Título Noveno de la Ley General de Educación. Tan solo seis líneas incluido su título, De la participación de los medios de comunicación. Participación que se limita a la “contribución al logro de los fines de la educación, previstos en el Artículo 15 conforme a los criterios establecidos en el artículo 16 de la presente ley”. Para tenerlo en mente Gracia, recordaríamos de manera abreviada que los “fines” enumerados en el artículo mencionado harían referencia a: 1) desarrollo integral y permanente de los alumnos […] 2) al respeto irrestricto de la dignidad humana [… ] 3) inculcar el enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva […] 4) al fomento al amor a la patria y aprecio por sus culturas […] 5) a formar a los educandos en la cultura de la paz […] 6) propiciar actitudes solidarias en el ámbito internacional […] 7) promover el aprecio, el conocimiento de la pluralidad étnica […] 9) inculcar el respeto por la naturaleza […] 10) fomentar la honestidad, el civismo y los valores […] y finalmente, 11) todos aquellos que contribuyan al bienestar y desarrollo del país.
Los fines derivarían de los criterios, de los resultados del progreso científico (Artículo 16), propiciarían el combate a los prejuicios, estereotipos, cualquier forma de discriminación y violencia, “especialmente la que se ejerce contra la niñez y las mujeres”. Criterios: Será democrática, nacional, humanista, respetuosa del interés general de la sociedad, científica, equitativa, intercultural, inclusiva, integral, de excelencia “orientada al mejoramiento permanente de los procesos formativos que propicien el máximo logro de aprendizaje de los educandos”.
Pero, como “el infierno está empedrado de buenas intenciones”, bastaría con una simple ojeada a la programación de los canales de la televisión comercial, incluidos los elegidos, para tener una idea aproximada del grado de incumplimiento de las obligaciones derivadas de las 6 líneas de los dos artículos 139 y 140 de la LGE. Parecería cosa de nada Gracia; no obstante, la “contribución al logro de los fines de la educación” generaría contradicciones entre los intereses financieros de esos medios de comunicación y los fines establecidos en el Artículo 15, del Capítulo Dos, Título Segundo De la nueva Escuela Mexicana, y la publicidad que dan a los productos chatarra y las afectaciones a la salud de niñas, niños y adolescentes (NNA). Bastarían tan solo algunas para ejemplificarlas, por ejemplo, la que se genera entre la venta de tiempos de televisión para promocionar entre NNA, “en especial a los niños de 5 a 8 años de edad”, la comercialización de los productos chatarra y las bebidas edulcoradas que se contrapone al fin N.º 11, citado de manera literal previamente.
Las afectaciones a la salud de niñas, niños y adolescentes y de la población en general son innumerables, y podrían ser más que la riqueza que se expolia a todas y todos los consumidores inducidos, y que buscarían combatirse mediante políticas públicas que prohíben la venta de productos chatarra a menores y el sedentarismo propiciado por las horas en la que se ve televisión; medidas que, aunque limitadas, son cuestionadas por quienes favorecen nuevos hábitos de ingesta.
Entre las enfermedades inducidas por ese consumo, se encontrarían la obesidad, diabetes, la hipertensión, trastornos psicológicos o la dislipidemia. Una nota de INFOBAE del pasado 6 de agosto, destacaría, en una entrevista al Dr. Simón Barquera, director del Centro de Investigación en Nutrición y Salud del Instituto Nacional de Salud Pública (shorturl.at/imswH) y al margen de cualquier carga ideológica, los siguientes datos: México “ocupa el noveno lugar a nivel mundial en casos de diabetes”, según la OMS con un total de 8.7 millones de personas. Una cifra que en opinión de los expertos escalará hasta alcanzar el puesto número siete en 2025; siete de cada 10 mexicanos padecen sobrepeso, y un tercio de estos, presenta obesidad; 30% de los infantes está por encima de su peso ideal.
Otra consecuencia adicional a la transmisión de las clases por televisión, la sufrirían las y los docentes quienes, sustituidos por un nuevo docente nacional, el Gran Hermano retomando a George Orwell (modalidad bajo la que iniciará el ciclo escolar 2020-2021), adquirirían el carácter de prescindibles mientras se uniforma “la enseñanza” en todas las escuelas públicas del país. Ensayos previos mostrarían que la expansión de la oferta educativa nacional en las zonas deprimidas rurales y urbanas, se realizó mediante la creación del Sistema de Telesecundarias primero y posteriormente con la instauración de los telebachilleratos; sistemas que, bajo el garlito de instalar una antena satelital, abarataban la prestación del servicio en escuelas en las que se apostaba la sustitución del personal docente por la promesa -muchas veces incumplida- de dotarlas con tecnología. Escuelas que carecían de luz, televisores, señal y de docentes. No obstante, algo habría qué hacer para salir a cuadro Gracia.