Miércoles, 27 De Mayo De 2026 | Puebla

Sociedad

Omisiones en trasparencia pueden ser denunciadas, señala Artículo 19

Las quejas ya pueden ser atraídas por INAI para que los sujetos obligados cumplan con transparentar información

Omisiones en trasparencia pueden ser denunciadas, señala Artículo 19

La organización Artículo 19 recomendó a los ciudadanos recurrir a la denuncia para que los sujetos obligados, como el gobierno de Puebla, cumplan con transparentar su información, de acuerdo con los nuevos lineamientos federales.

Ricardo Luévano, quien es Oficial del Programa del Derecho a la Información de la agrupación internacional, refirió que las quejas ya pueden ser atraídas por el Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI), en caso de que el órgano garante en Puebla no cumpla de manera objetiva con su labor.

El pasado cuatro de mayo venció el plazo que el INAI estableció en 2016 para que todos los sujetos obligados en el país que reciben recursos públicos difundan la información que establece la ley general en la materia.

Aunque el gobierno estatal modificó su portal de Transparencia para cumplir con los nuevos lineamientos federales, aún no publica información sobre donaciones, gastos en publicidad, solicitudes de intervención de comunicaciones privadas y tampoco incluyó datos sobre nuevos organismos como la Ciudad Modelo y el fideicomiso que administra el Impuesto Sobre la Nómina (ISN).

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En entrevista con e-consulta, Luévano explicó que ante el incumplimiento en el que incurrieron algunos sujetos obligados como la administración poblana, los ciudadanos cuentan con la denuncia como una herramienta que se estableció a través del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) para obligar a los entes públicos a transparentar su información.

Detalló que quienes se inconformen deben cumplir con cuatro pasos. El primero consiste en presentar una denuncia formal ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Puebla (ITAIP).

Posteriormente, el órgano garante debe pronunciarse al respecto e informar si la queja es procedente y emita una resolución.

Enseguida el inconforme debe revisar que la resolución se cumpla, aunque resaltó que los términos del cumplimiento dependen de lo que establezca la ley estatal. Además mencionó que esteprocedimiento puede ser “poco ágil” ante la presunta cercanía que hay entre los integrantes del ITAIP y el gobierno del estado.

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En caso de que la denuncia no sea atendida a nivel estatal, los poblanos pueden recurrir al INAI y presentar el caso mediante una carta o simplemente en la Oficialía de Partes, pues el organismo tiene la facultad de atraer los casos que se le comuniquen. Las quejas pueden ser enviadas a través del correo electrónico denuncia@inai.org.mx

Luévano recordó que el gobierno del estado aún cuenta con un plazo para justificar ante el ITAIP el por qué no ha cumplido con actualizar su información.

Desde el ocho de mayo los órganos garantes en el país iniciaron un diagnóstico sobre si los sujetos obligados cumplieron o no con las nuevas disposiciones.

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